Quisiera denunciar la falta total de servicios que presten ayuda a los hombres que están en situación precaria por malos tratos conyugales. Hace unas semanas, cuando mi mujer (sí, todavía vivimos juntos, aunque por cuánto tiempo más… no lo sé) me montó una bronca delante de los niños, me fui de casa y llamé al 010 (vivo en Barcelona) para preguntar qué servicios había. Me dijeron que siempre podía recurrir a los servicios de asistencia social… pero como era un viernes y eran las 2 de la tarde, me tendría que esperar hasta el lunes ya que los funcionarios estaban de finde. Le pregunté si había otros recursos para hombres maltratados, y me dijo categóricamente que no, que eso no existía. Así que para las mujeres maltratadas hay juzgados especiales, medidas de emergencia con sólo levantar el auricular y llamar a los Mossos, cárcel para el denunciado y un juzgado de guardia que emite una orden de alejamiento sin siquiera haber una sola prueba… pero si eres hombre maltratado, ah, amigo… como me dijo la señorita del 010: “tendrá que aguantarse y esperar hasta el lunes”. Comentario por Martín J. Perazzo Archivado bajo: denuncia, injusticia, malos tratos, sin medidas de emergencia, solidaridad,sufrimientoPublicado el . por drumy
21 Responses to “MALOS TRATOS HACIA HOMBRES”
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Sufro denuncias falsas de mi expareja y su compañero sentimental, me siento acosado y desanparado delante de la justicia
yo llebo dos denuncias falsas de mi expareja. Me he visto somitido a interrogatorios de los mossos, a juzgados de guardia que toman todo tipo de mesuras en mi contra y sin ningun tipo de prueba. El lunes me vi sometido a la injusticia de la justicia y ella sin presentar ningun tipo de prueba a consegido temporalmente que me quiten los dias intersemanales que tenia a mi hija, que los findes que la tenga tendre que someter a mi hija en dejarla en el punt de trobada de la creu roja, que este mes le tenga que pasar 80 euros mas al mes.
Y lo mas ingusto, me siento desprotegido, ahora mismo estoy escribiendo un mensage para la gente y ella me puede denunciar que no he cumplido la orden de alegamiento y se me lleban para lante, grilletes, y luego habla, eso si despues de que lo hagan ellos…………
Excmo. Sr. D. VICTOR HAREL
EMBAJADOR DE ISRAEL EN ESPAÑA
EMBAJADA DE ISRAEL
Velásquez, 150-7º
28.002 MADRID
Asunto: POSIBLE COLABORACION DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN ISRAEL, O CONSULADO, EN EL TRASLADO DE LOS CUATRO HIJOS DEL CIUDADANO DE ISRAEL, D. MOSHÉ ELGOZI, A ESPAÑA.
EXIGENCIA DE ELEVAR ENERGICA PROTESTA ANTE EL GOBIERNO ESPAÑOL POR VIOLACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO ISRAELI Y PETICION DE EXPULSION DE LAS PERSONAS IMPLICADAS DEL ESTADO DE ISRAEL.
Burgos, 10 de febrero de 2.007
Excmo. Sr.:
En el programa de Televisión española, primera cadena, difundido a partir de las cero horas del miércoles 31 de enero de 2.007, HORA CERO: NO SIN MIS HIJOS, se informaba sobre el traslado de cuatro niños, estimo que con nacionalidad israelí, residiendo en ese momento en el estado de Israel, al estado español.
En el mismo, en que intervenían asesoras legales de la madre, autora de dicho traslado ilegal, se informaba de que para dicha violación de las leyes del estado de Israel había contado con la ayuda de la embajada o personal de la embajada, o en su caso del consulado, pero, en definitiva, de los servicios diplomáticos o consulares del estado español.
En su momento, mi hija también fue sacada sin mi consentimiento y autorización del estado español, y estimo que con conocimiento de la Policía del estado español.
Las leyes hay que cumplirlas, y estimo que el estado de Israel debe exigir al estado español responsabilidades, si Uds. pueden comprobar lo que se informó en dicho programa de la Televisión pública del estado español.
En mayo del año 2.000, el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Audiencia de Valladolid, decía que si a un padre se le ocurría pedir la guardia y custodia de sus hijos, normalmente la solución era que fuera expulsado de su casa y la madre se quedara en la misma con sus hijos.
Actualmente, muchos hombres, ciudadanos del estado español, con una simple denuncia, que luego se puede revelar falsa, son expulsados de su casa y sus hijos alejados del padre, cuando el ordenamiento jurídico vigente permite divorciarse probando sólo tres meses de matrimonio y los jueces, en estos temas, deciden a falta de acuerdo, pudiéndose acudir a mediación familiar.
Estimo que debe comprobar estos hechos y obrar en consecuencia, si son debidamente probados.
Si no lo hubiera hecho ya, le rogaría pidiera la expulsión del estado de Israel de todo el personal de la embajada o consulado del estado español en Israel que haya podido ayudar a violar las leyes de su estado.
Si las leyes nacionales e internacionales no son respetadas y cumplidas, se crea violencia, que, entre todos, debemos evitar.
Esta carta va a ser difundida, pues la situación de los niños en el estado español es muy grave ante políticas de género que están afectando muy gravemente las relaciones de pareja y las familias.
Esperando dedique algunos minutos de su precioso tiempo a esta posible grave violación del derecho internacional, atentamente
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
EXCMO. SR. MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES Y COOPERACION
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y COOPERACION
Edificio Torres Ágora
C/ Serrano Galvache, 26
28033 MADRID
Asunto: ENVIO COPIA DE LA CARTA QUE DIRIJO AL EXCMO. SR. EMBAJADOR DE ISRAEL EN ESPAÑA, EN RELACION AL TRASLADO ILEGAL DE CUATRO MENORES DE ISRAEL, CON POSIBLE VIOLACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO DE AQUEL ESTADO, CON LA POSIBLE INTERVENCION DE PERSONAL DIPLOMATICO O CONSULAR ESPAÑOL
Burgos, 10 de febrero de 2.007
Excmo. Sr.:
Adjunto envío copia de la carta que dirijo al Excmo. Sr. D. Víctor Harel, embajador del estado de Israel en España, en relación con la posible intervención de personal diplomático o consular español en Israel, en el traslado ilegal de los cuatro hijos del ciudadano israelí D. Moshé Elgozi, a España, que finalmente van a ser devueltos a dicho país.
Ante la posible violación del ordenamiento jurídico de dicho país, ruego a dicho Excmo. Sr. Embajador, que si se comprueba la actuación ilegal de funcionarios españoles, exija la salida de los mismos del territorio del estado de Israel.
Miles de padres españoles son expulsados cada año de sus viviendas en el estado español, en condiciones dramáticas. Atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS.
A quien corresponda, queria dejar constancia de las penas de un amigo discapacitado Jose Fontan Fraga ,de Fraga Campolameiro pontevedra ,lo vi lleno de llagas por las ulceras de presion y su mujer que vive con el Esther Blanco,y su novio que tambien vive alli un tal Benedicto Ogando,no parece preocuparle gran cosa su abandono me pregunto donde vela la administracion por estas personas que no pueden comunicarse con el exterior y dependen totalmente de la voluntad que tenga ese dia su mujer,eso si son malos tratos hacia los hombres por los mismos hombres
LA MEDICINA DEJA A UNA NIÑA SIN PAPA: UNA JUEZA DE BURGOS UTILIZA UN INFORME MEDICO PARA DEJAR A UNA NIÑA SIN PAPA. LA POLICIA NI APARECE, Y TENIA AL PADRE DETENIDO.
DIRECCIÓN HOSPITAL GENERAL YAGÜE
Avda. del Cid, 96
09005 BURGOS
Asunto: DIFICIL SITUACIÓN DE UNA NIÑA DE CINCO AÑOS, DESPUÉS DE SER ATENDIDA LA MADRE EN EL SERVICIO DE URGENCIAS DE ESE HOSPITAL. LA MEDICINA REEMPLAZA A LA POLICIA Y AL MINISTERIO FISCAL. NIÑA SIN PAPA.
(UNA REFLEXION SOBRE LA LEY ORGANICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO APLICADA A ESTA NIÑA, POR EL SISTEMA SANITARIO DE CASTILLA Y LEON).
Burgos, 4 de junio de 2.007
Muy Sres. míos:
El pasado tres de mayo de 2.007, en el Servicio de Urgencias de ese Hospital General Yagüe de Burgos, fue atendida una esposa y madre. Según información aparecida en Diario de Burgos, de fecha cinco de mayo de 2.007, fue trasladada por el Cuerpo Nacional de Policía.
Según el atestado de la Comisaría de Burgos, nº 5.031, a las 0 horas 31 minutos del citado tres de mayo de 2.007, iba a pasar por las Dependencias de la Comisaría después de ser reconocida de sus posibles lesiones producidas en el trascurso de una discusión mantenida con su esposo momentos antes. La Policía añade que la requirente, la esposa, que fue quien llamó a la Policía, no mostraba lesiones aparentes, si bien manifiesta que sentía dolor en el hombro, en la cadera y en la cabeza.
Por la documentación a la que he tenido acceso, esta mujer se presentó a las 10 de la mañana, del citado tres de mayo de 2.007, en el citado Servicio de Urgencias de ese Hospital General Yagüe, de Burgos, y a las 12 se firmaba el informe de urgencias, sin que hubiera precisado ninguna hospitalización.
A las 12,20 horas, ante dos funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, firmaba que era su expreso deseo no formular denuncia contra su marido.
El problema es que a medianoche denunciaba unos presuntos hechos ante cuatro policías, doce horas más tarde esos presuntos hechos no eran tantos, y a media tarde, ante la Jueza del Juzgado de Instrucción nº 2, de Burgos, confirmaba que los hechos denunciados primeramente no eran los que justificaron la detención de su esposo. Según el artículo 456 del Código Penal, esto puede suponer una pena de prisión de hasta veinticuatro meses, y multa, para dicha esposa y madre.
El problema es que la hija de ambos esposos, de cinco añitos, se ha quedado sin papá. Se le ha quitado toda su autoridad moral, legal y real.
En auto del citado Juzgado, dentro de los argumentos jurídicos, se indica:
“En las presentes diligencia existen indicios de la comisión por parte del imputado de un delito de lesiones del artículo 153.1º y 3º del Código Penal, lo que se desprende, fundamentalmente, y a la espera de la práctica de otras diligencias de instrucción de la declaración de la denunciante corroborada por el informe de urgencias del Hospital General Yagüe.”
Luego se habla de un atestado, que no indica si es de los bomberos, de la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil.
¿ Todos han actuado al amparo de la misma ley ?. ¿ Estamos hablando de lo mismo ?. Por lo que he visto, no aporta más que las manifestaciones de la esposa y los mencionados dolores alegados por la esposa y madre.
Según el objeto de la citada ley, artículo 1, se manifiesta que tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. Lo que es poder poder es el de la esposa, que llama a la Policía y detienen al esposo que escogió dicha esposa y madre, con sólo las declaraciones de la esposa.
Esta mujer nos exigió, en su momento, que inscribiéramos su matrimonio en nuestro Registro Civil, y, desde el 10 de julio de 2.005, conforme a la LEY 15/2005, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, ha podido pedir la separación o el divorcio, sin que el esposo se hubiera podido oponer por motivos materiales, está en paro, al haber transcurrido más de tres meses de matrimonio, conforme a los artículos 81 y 86 del Código Civil.
Conforme al artículo 777.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los únicos documentos obligatorios a presentar son la certificación de la inscripción de matrimonio y la de inscripción de nacimiento de esta niña de cinco años, que está sin papá, en estos momentos.
Conforme, a los artículos 770.4ª y 777.2 de la citada Ley de Enjuiciamiento Civil, este matrimonio, libremente constituido, sin que fuera necesario, ni obligatorio, ni impuesto, han tenido derecho a tener MEDIACIÓN FAMILIAR, desde el ya citado 10 de julio de 2.005.
En Castilla y León, no fue hasta el 18 de abril de 2.006, que apareció publicada la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León, que entró en vigor a los seis meses, contados desde el día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
Pero, no ha sido hasta el 23 de mayo de 2.007 cuando se ha publicado, en el Boletín Oficial de Castilla y León, el Decreto 50/2007, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León, que entrará en vigor en el plazo de treinta días naturales, contados desde el siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”. Los posibles mediadores tienen un plazo de tres meses para inscribirse en el Registro de Mediadores Familiares.
Cuando en protocolos se habla de la obligatoriedad, por parte de los médicos, de enviar un parte de lesiones, o dolores, o lo que sea, al Juzgado, por parte del responsable del sistema de salud en esta Comunidad Autónoma, la Junta de Castilla y León, a través del SACYL, es bueno que todos veamos su actuación con las familias de esta comunidad. El artículo 39.1 de la Constitución Española dice que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. ¿ Puede mostrar a los médicos de esta comunidad algún folleto, la Junta de Castilla y León, donde se indique que se decretará el divorcio una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, a petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro ?.
La Junta de Castilla y León, que puede imponer, o ya está imponiendo, a los médicos del SACYL el denunciar presuntos casos de malos tratos, o presunta violencia de género, pero cuya autoría, evidentemente, no pueden ni deben probar los médicos, e , incluso, las posibles causas pueden ser otras, no ha cumplido sus obligaciones con esta familia, con este matrimonio, con esta niña.
¿ Puede mostrar a los médicos de Castilla y León, el libro de instrucciones que se da en los Juzgados de esta comunidad, cuando dos personas del mismo o distinto sexo contraen libremente matrimonio ?. Que yo sepa, no existe dicho libro de instrucciones. ¿ Quién se pueden extrañar que dos personas discrepen o tengan distintas opiniones sobre cualquier problema, pequeño o grande, de la vida común o la educación de los hijos ?.
Cuando en el citado artículo 1.3, de la citada LEY ORGANICA 1/2004, se habla de que la violencia de género a que se refiere dicha ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, aquí nos encontramos con que un padre de familia ha seguido detenido, cuando la Policía tenía suficientes elementos de juicio, y no indicios, para saber que había sido detenido por motivos, alegados por la esposa y madre, de los cuales se retractaba parcialmente, en algo importante, que no investigó, pero que pueden ser motivo de prisión para la misma.
Cuando el SACYL manifiesta actuar conforme a dicha Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Policía debe actuar conforme a las instrucciones que se contemplan en el artículo 31 de la misma (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).3, donde se indica que la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad habrá de tener en cuenta el Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de Coordinación con los Órganos Judiciales para la protección de la violencia doméstica y de género, y que fue aprobado por la Comisión Técnica de la Comisión Nacional de Coordinación de la Policía Judicial el 28 de junio de 2005, tras haberse adaptado el anterior Protocolo a las modificaciones de la LO 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género).
La Policía de Burgos, salvo que exista documentación que yo desconozco, en su atestado nº 5.031 no refleja las garantías del mismo. Por ejemplo, en el apartado I.A (Actuación en la fase de investigación Policial), se habla de hechos que pudieran ser constitutivos de infracción penal. En el atestado afirman : hechos constitutivos de delito. La presunción de inocencia, juicio justo, juez determinado por la ley, etc. no existen para ellos.
Cuando en el punto 4 de dicho apartado se indica que cuando la entidad de los hechos y/o la situación de riesgo lo aconseje, se procederá a la detención y puesta a disposición judicial del presunto agresor, por dos veces, la Policía, no manifiesta que exista situación de riesgo, ni lo manifiesta la esposa. Pero una niña de cinco años tenía a su padre detenido.
Cuando se habla, en el punto 9, del anexo I (Contenidos mínimos del atestado) de que resulta imprescindible que se consignen las declaraciones detalladas e individualizadas de cada agente policial que haya intervenido en auxilio (?) de la víctima con indicación de las diligencias y actuaciones realizadas por cada policía interviniente, resulta que todos lo hacen en bloque, como en Fuenteovejuna, todos a una.
En el punto 10, del citado anexo, se habla de diligencias policiales de verificación y comprobación de la denuncia. De la inspección ocular, recogida de pruebas, fotografías, vídeos, etc., que permitan a la Autoridad Judicial una mayor inmediatez en la apreciación de los hechos y las circunstancias concurrentes, lo único que observa la Policía es que la requirente no muestra lesiones aparentes.
Las fotos, sólo se utilizan en el estado español, para fotografiar a los padres de familia, pero para ficharles, como delincuentes antes de ser juzgados, antes de que se puedan defender. ¿ Seguro que tuvo el Juez que determina la ley ?. Ya va el caso por la segunda jueza, y no había pasado ni una semana.
Estimo que se está utilizando en esta comunidad como protocolo, para estos casos, el Protocolo Común para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género. Comisión Contra la Violencia de Género. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, del Ministerio de Sanidad y Consumo, que viene en internet, ya que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece, entre otras cosas, en su Título III, sobre Tutela institucional, en su artículo 32.3, sobre Planes de Colaboración que:
“Los protocolos, además de referirse a los procedimientos a seguir, harán referencia expresa a las relaciones con la Administración de Justicia, en aquellos casos en que exista constatación o sospecha fundada de daños físicos o psíquicos ocasionados por estas agresiones o abusos.”
En el punto 32.1 se habla de la implicación de los poderes públicos, que elaborarán planes de colaboración que impliquen a las Administraciones sanitarias, la Administración de Justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los servicios sociales y organismos de igualdad. En el punto 32.2 se habla de que en desarrollo de dichos planes se articularán protocolos de actuación que determinen procedimientos que aseguren una actuación global e integral de las distintas administraciones y servicios implicados, y que garanticen la actividad probatoria en los procesos que se sigan.
Es curioso que en este protocolo, en su página 31 se hable de la posibilidad de comunicar determinadas situaciones a Fiscalía. Así pues, no siempre el sistema público de salud de Castilla y León, debe enviar sus comunicaciones al Juzgado, sino a Fiscalía. ¿ Se hace alguna vez ?.
Discutible es la afirmación (página 43) que se hace en este protocolo de que en el caso de confirmar la situación de maltrato, se comunicará al juzgado de violencia de género mediante el parte de lesiones e informe médico, informando previamente a la mujer. Este padre de familia no fue atendido por el citado juzgado de violencia de género de Burgos, el de Instrucción nº 4, de Burgos, el día tres de mayo de 2.007, sino por el Juzgado de Instrucción nº 2, de Burgos. Como se puede ver, a este hombre no se le ha seguido dicho protocolo, en este tema muy confuso.
Pero, lo más curioso, es que en la página 45 (Parte de lesiones e informe médico), se habla de que el envío del parte de lesiones, en general, a la autoridad judicial supone su registro de entrada y remisión al Decanato de los Juzgado.
La base legal de este protocolo, aparte de la ya mencionada Ley Orgánica 1/2004, habla del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice:
“Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante.
Los que no cumplieren esta obligación incurrirán en la multa señalada en el artículo 259, que se impondrá disciplinariamente.
Si la omisión en dar parte fuere de un profesor de Medicina, Cirugía o Farmacia y tuviere relación con el ejercicio de sus actividades profesionales, la multa no podrá ser inferior a 125 pesetas ni superior a 250.
Si el que hubiese incurrido en la omisión fuere empleado público, se pondrá además, en conocimiento de su superior inmediato para los efectos a que hubiere lugar en el orden administrativo.
Lo dispuesto en este artículo se entiende cuando la omisión no produjere responsabilidad con arreglo a las leyes.”·
Sin entender de derecho, como creo que es el caso de los médicos, los partes no pueden o deben enviarse, obligatoriamente, al Juzgado, y yo me pregunto, ¿ qué juzgado ?, pues el mismo protocolo da lugar a confusiones. Se habla en el mismo, página 31, de comunicar a la Fiscalía. Y, ¿ por qué no a la Policía, Guardia Civil o Policía Local ?.
Esta familia arrastra las consecuencias del envío del parte de lesiones y del informe del Hospital General Yagüe por dos juzgados, en una semana.
En el parte de lesiones e informe médico, que se contempla, en la página 48, se indica hacer fotografías (preferiblemente en color) de las zonas de lesión, previo consentimiento de la mujer. Es curioso, ni la Policía, ni el SACYL ha sacado ninguna foto de las lesiones (?), que no veía la Policía, y que estimo que se han deducido por las declaraciones de la esposa y madre. Pero el padre sí que fue fotografiado, y sin su consentimiento. Eso de igualdad ante la ley, en estos casos, parece que no se cumple. ¿ Ni una foto de la madre merece esta niña de cinco años ?.
En diversas leyes, protocolos o normas se habla de la obligación de denunciar estos hechos, presuntos hechos, me atrevo a decir yo. Pero, ¿ quién es un médico para denunciar a un presunto responsable ?. Ya sé. Todo el mundo se escuda, yo pongo que fulanita de tal manifiesta, ojo, yo médico no afirmo, dejo esa responsabilidad a le esposa, a la madre. Ella es la responsable. El Juez sabrá, el Ministerio Fiscal obrará como corresponda.
Los médicos, en estos casos, deben tener la opción, que permite la ley, el ya citado artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de enviar estos partes de lesiones e informes a la Policía, para que ellos unan posible o presuntos causante con las presuntas lesiones, y lo envíen todo donde consideren oportuno, o pongan en libertad al detenido.
Considero no necesario comentar alguna legislación o protocolos, como el Real Decreto 1030/2006, de 15 de noviembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su realización, que habla de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, que, en su punto 6 (Atenciones y servicios específicos a la mujer), y apartado 6.6.3 se habla de la comunicación a las autoridades competentes (hay varias, ¿ por qué sólo hay impresos para enviar al Juzgado ?) de aquellas situaciones que lo requieran, especialmente en el caso de sospecha de violencia de género o malos tratos.
De esto también se habla de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que en su artículo 11 (Comunicación de datos), indica que el consentimiento exigido en el apartado anterior no será preciso a) cuando la cesión esté autorizada en una Ley (la ley vigente es la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite enviar partes de lesiones e informes a diversas autoridades, no sólo al Juzgado).
Asimismo, esto está contemplado en la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que en su artículo 12 (Levantamiento de la confidencialidad en cumplimiento de deberes de comunicación y denuncia), indica que los Poderes Públicos de Castilla y León velarán por que en los centros, servicios y establecimientos sometidos a la presente Ley se cumplan los deberes de comunicación y denuncia en los supuestos previstos por la normativa aplicable (la ley permite enviar estos partes o informes a diversas autoridades, no sólo al Juzgado), y especialmente en los casos de abuso, maltratos y vejaciones que afecten a niños, personas mayores, mujeres, personas con enfermedades mentales y personas con discapacidad psíquica o sensorial.
Estimo no ha sido correcto el Protocolo de Actuación Profesional para casos de maltrato hacia la mujer en Castilla y León, aprobado en la Comisión Regional Contra la Violencia Hacia la Mujer en su reunión del día 24 de noviembre de 2.004, que en el apartado referido a Personal Sanitario, punto 2 (Centros Sanitarios), se habla de que se expedirá informe médico de lesiones, según modelo de Protocolo Sanitario estandarizado, del que se hará dos copias. Una se enviará al Juzgado de Guardia y la otra se entregará a la paciente quedando el original en el historial clínico. Sólo se dice de avisar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando la paciente debe quedar ingresada, para que se personen en el hospital con el fin de recoger la denuncia.
En mi opinión, ese modelo estandarizado es muy discutible desde el punto de vista legal. Como vengo insistiendo, no obligatoriamente, como me temo, se debe enviar todo parte de lesiones e informe al Juzgado. Insisto, la ley permite enviarlo a otras autoridades. La Junta de Castilla y León está obligando a los profesionales de la salud a seguir una sola vía jurídica, cuando la ley permite varias. En el caso expuesto, ha debido conocer el SACYL la situación legal del detenido, de un padre de familia detenido. En mi opinión, era la Policía la que debía tener todas las pruebas para ver si le ponían a disposición judicial o le dejaban en libertad, tal como lo permite el artículo 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que parece desconocer el Servicio de Atención a la Familia, de la Comisaría de Burgos, con los que hablé.
Estimo que la Policía conoce perfectamente el funcionamiento del sistema sanitario público y lo que ha buscado ha sido una coartada para justificar una detención, cuando, salvo error, no indicaron ninguna situación de peligro, y el presunto delito cambió radicalmente en doce horas.
En el Servicio de Atención a la Familia, de la Comisaría, me indicaron que lo que hacían lo hacían en base a la Ley Orgánica 1/2004. Cuando les mostré la ley y dije a las funcionarias que me dijeran donde venía lo que afirmaban, no sabían dónde venía. Curioso.
Se ha creado una situación muy grave para tres personas, por la actuación sin asesoramiento jurídico de la madre. Ni ante la Policía, ni ante el servicio de urgencia la ha tenido, por lo poco que sé, en el atestado 5.031 y parte de lesiones no aparece que se le haya ofrecido. Las consecuencias: el Código Penal dice que puede tener pena de prisión de hasta veinticuatro meses.
¿ Protegió a esa mujer el SACYL ?.
El esposo y padre ya ha sido atendido por tres abogados, y va a buscar un cuarto. No se ha respetado lo que indica la ley en este caso, y es lo que indica el Real Decreto 1455/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de asistencia gratuita, aprobado por el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio.
Esto no es más que una reflexión, porque no soy yo el que debe ver qué es lo que ha fallado aquí, pero un padre ha sido expulsado de su vivienda. Una niña está sin padre. La madre puede ir a prisión.
¿ Quiere explicar alguien a esa niña qué es lo que pasa, Sres. médicos, Sras. Juezas, Sres. Fiscales, Sres. Policías, Sres. abogados……. ?.
Los que conocemos, algo, el sistema judicial, y estos temas de familia sabemos que esos dos padres van a un infierno judicial, que desconocen, con gastos que desconocen, con resultados que desconocen. Situación que puede alargarse años. ¿ Puede vivir una niña en ese infierno ?.
Los Sres. abogados y procuradores que obliga la ley, en estos casos, también desconocen lo que dice la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, de dar presupuesto previo de sus escritos.
¿ Está mujer fue debidamente informada de que el Servicio de Urgencias del Hospital General Yagüe, de Burgos, iba a enviar documentación a un Juzgado ?. ¿ Se la recogió su firma en escrito dándola cuenta de dicho hecho ?. ¿ Se la advirtió que si lo declarado era falso, el Código Penal habla de pena de prisión ?.
No quiero alargar más estas reflexiones, pero sé que algo les hará detenerse a todos los médicos y pedir asesoramiento jurídico e informe jurídico de las posibles consecuencias personales de enviar documentación a los Juzgados, cuando la ley permite, por ejemplo, enviarlo a la Policía, para que reúna causas y efectos, también a la Fiscalía.
Sé que el Servicio de Urgencias del Hospital General Yagüe, de Burgos, lo componen profesionales que ponen lo mejor de si mismos, y están dirigidos por un prestigioso médico de Burgos, de probada experiencia. No es una crítica a su labor, pero ante este tremendo caso en que el estado no ha funcionado, tal como dicen sus leyes y protocolos, y no por culpa de ese equipo médico, sí procede que algo cambie, y propiciado por la dirección del SACYL.
Por cierto, el esposo y padre de esa hermosa niña de cinco años, manifestó en el Juzgado que en el curso de una discusión ambos esposos cayeron al suelo, y que el padre intentó que la niña no se despertara.
Lo que si atestiguaron los cuatro policías era que la niña dormía, y no se despertó.
Podría valer estar explicación para justificar los dolores de esta ciudadana, porque lo que se dice fotografías que puedan mostrar lesiones a las dos juezas y dos fiscales, supongo, que ya han visto el asunto, que no las lesiones, en siete días, no existen. Sólo existen las de un esposo y padre de familia, que no tenía que probar su inocencia, conforme a la Constitución Española. Realmente curioso.
Me preocupa mucho esa niña, y me preocupan los protocolos y actuaciones de mucha gente con la misma. Atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Para mi, tanto la esposa como la medicina han sido manipulados por la Policía, los jueces y los fiscales. Las esposas, con demostrar tres meses de matrimonio, pueden pedir el divorcio. Tienen 15.000 viviendas vacías a su disposición. ¿ Dónde está el problema ?.
SERVICIO DE URGENCIAS
HOSPITAL GENERAL YAGÜE
Avda. del Cid, 96
09005 BURGOS
Asunto: ENVIO CARTA ARGUMENTADO LA POSIBLE MANIPULACIÓN DE LA QUE HA SIDO OBJETO EL SERVICIO DE SANIDAD DE CASTILLA Y LEON (SACYL), POR PARTE DE LA POLICIA, JUECES Y fISCALES.
Burgos, 4 de junio de 2.007
Muy Sres. míos:
Adjunto envío escrito que dirijo a la Dirección del Hospital General Yagüe de Burgos, sobre la difícil situación de una niña de cinco años, después de que su madre fuera atendida por ese servicio.
Considero ajustada su actuación conforme a norma, pero la norma no la considero ajustada a la ley.
Una niña se ha quedado sin padre. Uds. no son culpables, no son Uds. los que han tomado esa decisión, pero sí considero que deben conocer el resultado de sus actuaciones legales, para reflexionar, al menos, y saber en qué cadena de decisiones han actuado Uds., con resultados catastróficos, para toda una familia.
Si que estimo que deben tener un asesoramiento jurídico, por parte de la Dirección de ese hospital, y de la Consejería de Sanidad, para evitar consecuencias que puedan atentar contra derechos humanos. Han intervenido muchas personas, en aplicación de una ley, que me temo que no todos han leído, y se han utilizado unos protocolos, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de médicos y personal sanitario, que debían haber protegido a una familia.
Atentamente, Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
DEPARTAMENTO JURIDICO
HOSPITAL GENERAL YAGÜE
Avda. del Cid, 96
09005 BURGOS
Asunto: ENVIO CARTA ARGUMENTADO LA POSIBLE MANIPULACIÓN DE LA QUE HA SIDO OBJETO EL SERVICIO DE SANIDAD DE CASTILLA Y LEON (SACYL) POR PARTE DE LA POLICIA, JUECES Y FISCALES.
Burgos, 4 de junio de 2.007
Muy Sres. míos:
Adjunto envío escrito que dirijo a la Dirección del Hospital General Yagüe de Burgos, sobre la difícil situación de una niña de cinco años, después de que su madre fuera atendida por el Servicio de Urgencias de ese hospital.
Considero ajustada su actuación conforme a norma, pero la norma no la considero ajustada a la ley. Estimo que a una mujer no se la ha recogido firma alguna advirtiéndola de las consecuencias de sus declaraciones y del uso de las mismas, cuando ante la Policía manifestó su deseo de no denunciar, veinte minutos más tarde..
Una niña se ha quedado sin padre. No son Uds. culpables, no son Uds. los que han tomado esa decisión, pero si considero que deben conocer el resultado de sus actuaciones legales, para reflexionar, al menos. Si que estimo que deben dar un asesoramiento jurídico Uds., y por parte de la Dirección de ese hospital, y de la Consejería de Sanidad, a los distintos servicios, para evitar consecuencias que puedan atentar contra derechos humanos. Han intervenido muchas personas, en aplicación de una ley, que me temo que no todos han leído, y se han utilizado unos protocolos, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de médicos y personal sanitario, que debían haber protegido a una familia.
Atentamente, Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA CONSEJERIA DE SANIDAD
JUNTA DE CASTILLA Y LEON
Paseo Zorrilla, 1
47.007 VALLADOLID
Asunto: ENVIO CARTA ARGUMENTADO LA POSIBLE MANIPULACIÓN DE LA QUE HA SIDO OBJETO EL SERVICIO DE SANIDAD DE CASTILLA Y LEON (SACYL) POR PARTE DE LA POLICIA, JUECES Y FISCALES.
EXIGENCIA DE QUE REFLEXIONEN SOBRE SUS PROTOCOLOS Y NORMAS EN RELACION CON LA LEY ORGANICA 1/2004.
UNA NIÑA SE HA QUEDADO SIN PADRE. LA MADRE, QUE ESTA EN PARO, PUEDE TENER VEINTICUATRO MESES DE CARCEL. EL PADRE FUE DETENIDO Y EXPULSADO DE SU VIVIENDA.
Burgos, 4 de junio de 2.007
Excmo. Sr.:
Adjunto envío escrito que dirijo a la Dirección del Hospital General Yagüe, de Burgos, sobre la difícil situación de una niña de cinco años, después de que su madre fuera atendida por el Servicio de Urgencias del Hospital General Yagüe de Burgos. En la Policía manifestó no desear denunciar a su esposo.
Estimo necesaria una profunda reflexión de la normativa sobre presunta violencia doméstica, dentro de la sanidad pública, bajo su responsabilidad, y su conocimiento y aplicación..
No todo vale.
Las responsabilidades personales del personal sanitario: médicos, enfermeras, etc. pueden ser muy importantes, en estos casos. ¿ Las cubre algún seguro ?.
No sólo las esposas tienen derechos, sino también los esposos y los niños.
Los que conocemos la dureza de estas situaciones para todos, tenemos que poner el dedo en el ojo y decirles a Uds.: ESTO ES UN DESASTRE.
Estimo que es importante que, de acuerdo con el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el posible informe médico estandarizado que tengan para enviar al Juzgado, admita, no sólo esa posibilidad, sino también la posibilidad de enviarlo a la Fiscalía y a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, como pueden ser el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil, pues, en los casos en que tengan a un presunto sospechoso detenido, ellos, conforme al artículo 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pueden y, en ciertos casos deben, poner en libertad al detenido, sin necesidad de que lo tenga que decidir un Juez.
Asimismo, cuando padres de familia son fotografiados por la Policía, y fichados como criminales, los médicos del SACYL deben fotografiar las presuntas lesiones que puedan certificar los médicos dependientes de ese organismo, para que todos seamos iguales ante la Ley, padres y madres (artículo 14 de la Constitución Española).
Sólo les hago una reflexión. Si un médico en Alemania, en tiempos de Hitler, denunciaba a un paciente diciendo que era judío, ¿ era responsable de su asesinato en un campo de exterminio ?. ¿ O era su obligación legal ?-
Atentamente,
JESUS AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Estimo tienen que comprobar la comprensión de las normas por parte de todo el personal, y hacer un control de calidad. Por la documentación adjunta, es el Hospital General Yagüe, de Burgos, el responsable de que esta niña esté sin padre. Lo dice una jueza, no yo.
CONSEJERIA DE SANIDAD
ASESORIA JURIDICA
JUNTA DE CASTILLA Y LEON
Paseo Zorrilla, 1
47.007 VALLADOLID
Asunto: ENVIO CARTA ARGUMENTADO LA POSIBLE MANIPULACIÓN DE LA QUE HA SIDO OBJETO EL SERVICIO DE SANIDAD DE CASTILLA Y LEON (SACYL) POR PARTE DE LA POLICIA, JUECES Y FISCALES.
EXIGENCIA DE QUE REFLEXIONEN SOBRE SUS PROTOCOLOS Y NORMAS EN RELACION CON LA LEY ORGANICA 1/2004.
UNA NIÑA SE HA QUEDADO SIN PADRE. LA MADRE, QUE ESTA EN PARO, PUEDE TENER VEINTICUATRO MESES DE CARCEL. EL PADRE FUE DETENIDO Y EXPULSADO DE SU VIVIENDA.
Burgos, 4 de junio de 2.007
Muy Sres. míos:
Adjunto envío escrito que dirijo a la Dirección del Hospital General Yagüe, de Burgos, sobre la difícil situación de una niña de cinco años, después de que su madre fuera atendida por el Servicio de Urgencias del Hospital General Yagüe de Burgos. En la Policía manifestó no desear denunciar a su esposo.
Estimo necesaria una profunda reflexión de la normativa sobre presunta violencia doméstica, dentro de la sanidad pública, bajo su responsabilidad, y su conocimiento y aplicación..
No todo vale.
Las responsabilidades personales del personal sanitario: médicos, enfermeras, etc. pueden ser muy importantes, en estos casos. ¿ Las cubre algún seguro ?.
No sólo las esposas tienen derechos, sino también los esposos y los niños.
Los que conocemos la dureza de estas situaciones para todos, tenemos que poner el dedo en el ojo y decirles a Uds.: ESTO ES UN DESASTRE.
Estimo que es importante que, de acuerdo con el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el posible informe médico estandarizado que tengan para enviar al Juzgado, admita, no sólo esa posibilidad, sino también la posibilidad de enviarlo a la Fiscalía y a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, como pueden ser el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil, pues, en los casos en que tengan a un presunto sospechoso detenido, ellos, conforme al artículo 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pueden y, en ciertos casos deben, poner en libertad al detenido, sin necesidad de que lo tenga que decidir un Juez.
Asimismo, cuando padres de familia son fotografiados por la Policía, y fichados como criminales, los médicos del SACYL deben fotografiar las presuntas lesiones que puedan certificar los médicos dependientes de ese organismo, para que todos seamos iguales ante la Ley, padres y madres (artículo 14 de la Constitución Española).
Sólo les hago una reflexión. Si un médico en Alemania, en tiempos de Hitler, denunciaba a un paciente diciendo que era judío, ¿ era responsable de su asesinato en un campo de exterminio ?. ¿ O era su obligación legal ?.
Atentamente,
JESUS AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Estimo tienen que comprobar la comprensión de las normas por parte de todo el personal, y hacer un control de calidad. Por la documentación adjunta, es el Hospital General Yagüe, de Burgos, el responsable de que esta niña esté sin padre. Lo dice una jueza, no yo.
EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMUN DE CASTILLA Y LEON
Pl. de San Marcos, 5
24.001 LEON
ASUNTO: ASUNTO REFERENCIA Q/004/0881/07 (PRESUNTO DELITO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER).
MODIFICACIÓN DEL IMPRESO ESTANDARIZADO DEL SACYL, PARA COMUNICAR PRESUNTOS HECHOS DELICTIVOS A DIVERSAS AUTORIDADES, Y NO SOLO AL JUZGADO (FISCALIA, CUERPO NACIONAL DE POLICIA, GUARDIA CIVIL, ETC.)
RECOGER FIRMA DE LAS PRESUNTAS VICTIMAS PARA QUE TENGAN CONOCIMIENTO DE QUE SE ENVÍA PARTE DE LESIONES A OTRAS AUTORIDADES. TAMBIEN DE LAS CONSECUENCIAS PENALES, SI DENUNCIAN A PERSONA NO CAUSANTE DE PRESUNTAS LESIONES.
FOTOGRAFIAR PRESUNTAS LESIONES, SI EL ESPOSO ESTA DETENIDO, FICHADO Y FOTOGRAFIADO, SIN SU CONSENTIMIENTO (IGUALDAD ANTE LA LEY).
Burgos, 4 de junio de 2.007
Excmo. Sr.:
Como complemento al tema de referencia, admitido a estudio en su carta del pasado 23 de mayo de 2.007, después de haberme entrevistado con diversos estamentos públicos, sobre este tema, ruego se sirva incluir en su estudio, la actuación del sistema público de salud de esta Comunidad, en concreto la actuación de los servicios de urgencias y de ambulatorio, en los casos de presuntos malos tratos, violencia doméstica o violencia de género.
Estimo que hay un solo impreso estandarizado de comunicación al Juzgado de estos presuntos malos tratos, en que la presunta víctima, en muchos casos, puede indicar el nombre del presunto maltratador, agresor, etc., lo cual, en el caso citado, ha servido de coartada de brutales decisiones judiciales para privar a una niña del cariño y cuidado del padre, y ha servido para justificar una detención.
Estimo que conforme al Protocolo Común para la Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género. Comisión Contra la Violencia de Género. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Saludad. Sanidad. Ministerio de Sanidad y Consumo, que se puede ver por internet, y realizado conforme la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y que se puede estar utilizando por la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, y el SACYL, los médicos que atiendan estos presuntos casos, pueden y deben informar a otras autoridades, pero no necesariamente al Juzgado. En concreto, en la página 31 se contempla comunicarlo a Fiscalía. En la página 40 Juzgado de Guardia. En la página 43 se habla del Juzgado de violencia de género. En la página 45 se habla del Decanato. En la página 46 se habla del Juzgado de Instrucción. Total, un lío, para el pobre médico, que sabe mucho de curar, pero nada del sistema legal español, normalmente.
Hay personas que son detenidas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, bien Cuerpo Nacional de Policía, bien Guardia Civil, que llevan a las presuntas víctimas para ser reconocidas por los servicios de urgencia u otros del SACYL, normalmente, me temo que se envía copia del posible parte de lesiones e informe médico a los Juzgados.
Tal como se contempla en el artículo 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los propios Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, llámense Cuerpo Nacional de Policía, llámense Guardia Civil, pueden poner en libertad al detenido, sin necesidad de que lo decida un Juez. Y son ellos, con todos los elementos de juicio, los que pueden y deben hacerlo, en ciertos casos. No piden autorización a ningún Juez para detener a un padre de familia, o entrar en su casa, pues que ellos se responsabilicen de su libertad, si procede, y sin que lo tenga que conocer y autorizar un Juez. Ellos deben asumir la responsabilidad de sus decisiones, respetables, y no buscar, siempre, el aval de los jueces para justificar sus decisiones, respetables, insisto, pero arriesgadas, desde el punto de vista de derechos humanos, constitucionales y procesales.
Por otra parte, los padres de familia detenidos son fichados por la Policía, etc.. En el protocolo médico indicado, se habla de fotografías, en diversos apartados, como en las páginas 36, 37 y 48, sobre las posibles lesiones. En virtud del artículo 14 de la Constitución Española que dice que todos somos iguales ante la ley, si el padre es fotografiado por la Policía, la mujer debe ver sus posibles lesiones fotografiadas, no sólo por la Policía, en un primer momento, sino por médicos de urgencia, ambulatorio y forenses. Esto debe servir de prueba de posibles delitos, y de prueba de presuntos inocentes.
Asimismo, para seguridad de todos, debe ser presentado impreso para su firma, a las esposas y madres denunciantes de presuntas lesiones, de las posibles consecuencias legales de señalar a un ciudadano, el esposo y padre que escogió, como causante de sus lesiones, pues, de no ser cierto, podría tener una pena de hasta veinticuatro meses de prisión, como la puede suceder a una esposa y madre de Burgos. En dicho impreso, al mismo tiempo, seria informada de a qué autoridad: Fiscalía, Juzgado o Cuerpo o Fuerza de Seguridad del Estado va a enviarse la copia de la documentación médica. Y si conoce que el esposo y padre está detenido, se va a enviar a su lugar de detención, bien para que le pongan en libertad, bien para que siga detenido y presentado a la autoridad Judicial.
En el pasado mes de mayo de mayo, una niña ha sido brutalmente apartada de su padre. No creo, por lo que veo a diario, que este padre pueda ejercer de padre con todas las garantías. La madre puede tener hasta veinticuatro meses de prisión, según el actual Código Penal.
Espero añada estos argumentos al asunto de referencia, se estudien y decrete lo que estime oportuno. Tres meses de matrimonio permiten el divorcio. Doscientas mil viviendas vacías hay en esta comunidad. Cuando a un padre se le detiene y a la niña se la deja sin papá, todas las garantías son pocas. ¿ No será mejor mediación familiar, que ir a juicios eternos, con costos muy importantes, que no comunican los abogados ?. Mucho drama para una niña.
Atentamente,
JESUS AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
Estimados amigos. Soy un hombre de 40 años que llevo sufriendo malos tratos sicológicos (y algunos físicos) desde hace más de 20 años. Ahora también lo sufren mis hijos. Soy de Alcalá de Guadaíra, y en el Ayuntamiento me dijeron de forma textual “para la mujer hay de todo (asistenta, abogado, etc), pero para el hombre nada”. No se lo que hacer, puesto que no la dejo por mis hijos, pero esto llega a ser casi insoportable. Me dice de todo, y muchas veces delante de mis hijos.
Estoy relamente deseperado y no se que hacer.
¿Saben de alguna web en donde haya ayuda para los hombres?.
Gracias.
ola ,soy una madre de la que he visto sufrir en silencio a mi hijo, 4 largos años por los malos tratos vejatorios y sicologicos por su pareja. Mi hijo a sus 19 años conocio a una sra.de 37 años y madre de dos hijos de 18 y 5 años y alos 3 meses de conocerla se fue a vivir con ella y su hijo de 5 años pues el de 18 vivia desde los 16 con sus abuelos paternos por orden judicial.No me dijo donde vivia cuando se fue a vivir con ella y a parir de hay vivimos un infierno.La sra. esta lo cambio de trabajo para que no supiesemos donde trabajaba ,le tiro el movil que el llevaba le tiro su targeta de credito y salia sin un centimo de euro.No dejaba que nos acercasemos a el y depues de cuatro años ,volvio a casa con DIEZ kilos menos y anemicamente fatal.Y no se puede hacer nada, porque el maltratado a sido un hombre.Mi hijo era el 5º hombre maltratado por esta mujer, y luego ocurren desgracias, solo puedo advertir de que esta sra. vive en Vilanova y la Geltru y su nombre de pila es Elena I.L..Si algun hombre lee esto alejese de esta sra. de conocerla, pues su segundo marido murio en extrañas circunstacias,segun ella se callo solo de la terraza al vacio.Mi pensaiento es otro,pero eso no es mi problema
Hola Antonio José,
Decirte que no conocemos ninguna organización ni página web que pueda ayudarte aunque no descartamos que pueda existir una.
Haciendo una búsqueda sobre ello hemos encontrado que tu caso no está aislado, mira este artículo de Europa Press
http://www.apfsasturias.org/hombressufren.htm
Puedes apuntarte en el Foro de hombres por la Igualdad en
http://www.redasociativa.org/fhxigualdad/index.php
y preguntar por ahí, seguro que contactas con alguna persona que esté en una situación similar a la tuya, que quizás tenga más información que nosotros.
Esperemos si algún lector conoce alguna asociación o web nos lo comunique.
Deseamos que puedas solucionar tu problema de la mejor forma posible. Un saludo
Desearía dejar constancia de mi indignación ante la desigualdad, desamparo, injusticia e inconstitucionalidad que desde hace unos años venimos sufriendo los hombres que ni de lejos maltrataríamos a una mujer pero que estamos en el punto de mira como delincuentes por el simple hecho de ser hombres. Cierto es que hay muchos hombres que solo por el hecho de serlo pretenden imponerse a toda costa sobre su mujer, maltratando física y psicologicamente a ella y a los hijos que pudieran tener; a estos “seres”, toda la fuerza de la ley.
Pero la incapacidad e inutilidad de los medios legales, judiciales y policiales que hay en la actualidad para proteger a esas “verdaderas maltratadas”, han encontrado el camino más fácil para encubrir su impotencia, en el hecho de hacer a todo el genero masculino culpable de ser maltratador, intolerante, asesino, y, en definitiva merecedor de poco menos del calificativo de monstruo en potencia. Estoy harto de esas feministas abanderadas que te perdonan la vida cuando ves que eres un hombre honesto y te miran por encima del hombro tachandote a ti de todo lo que ellas son en el fondo.
Porque la realidad es que hay mujeres, creo que ya más que hombres, que son peores que aquellos que verdaderamente se merecen el calificativo de maltratadores. El “problema” es que no todas maltratan físicamente. El problema es que la mayoría de maltratadoras lo son psicológicas. Y pueden hacer mucho más daño, y ser más terribles, más “monstruas”, más deleznables que cualquier hombre que le pegue a una mujer. Porque destruyen la mente de esa persona, le hacen sentirse insignificante, le roban sus bienes amparados por las leyes, unas leyes que permiten el robo de lo que uno tiene por el simple hecho de ser uno hombre y otra mujer. Unas leyes que permiten el saqueo de tu vida por una mujer que solo tiene que levantar un teléfono y decir “quiero una orden de alejamiento”. Sin probar nada. Simplemente porque esa mañana ha decidido
quitarse de encima a su pareja, porque a lo mejor le estorba para la relación sentimental que mantiene con otro hombre… u otra mujer; y porque ha decidido que ha llegado el momento de quedarse con su piso, con su coche, su negocio, su dinero, su vida… Ha decidido matar en
vida a ese hombre.
Y cuántos de esos hombres que han matado a su mujer de repente, sin saber por qué, de esos que todo el mundo dice “si eran una pareja ejemplar”, cuántos de esos hombres habrán sufrido terribles vejaciones, humillaciones y anulaciones de su personalidad, acojonados por el
hecho de que “si no haces lo que te digo, te denuncio” habrán tirado por la via de enmedio y han hecho algo tan terrible como matar a esa “persona”. Y si lo han hecho, es porque ya no tenían nada que perder, porque lo tenían todo perdido, porque ante la sociedad eran unos panolis, y la “justicia” les decía “oiga usted, que es un hombre; usted no tiene derecho a tener diginidad, gilipollas”.
Ese es el tipo de sociedad que estamos creando.
¿Igualdad?, y una mierda…
este caso es curioso resulta que este hombre ya separado de su primera mujer y con un hijo. se junta con otra, con la que tambien tiene otro hijo.las cosas no van nada bien ,a causa de que esta segunda ,tiene unos rollos mentales increibles hata el limite que se intenta suicidar para retenerle . al final se separan. y es cuando realmente empieza el calbario.ella le acosa, le pega en varias ocasiones,y le raja las ruedas del coche.que puede hacer el para parar esto
Nada. Sufrir hasta que uno de los dos muera o uno mate al otro.
Quisiera saber que sucede cuando,ami que mi expareja me izo chantaje emocional xicologico ,y economico,durante 6 meses y fuí a la policia para denunciar,me digeron que hera mejor que alguien hablara con ella antes de hacer la denuncia,Yo les dije por que no pueden ir ustedes me contestaron que tenia que denunciar.no seria mucho más eficaz que la policia se presentara para decirle señora deje ha su expareja en paz,o sera denunciada,para no liar situaciones tensas,no me extraña en absoluto que muchas personas pierdan los estrivos y cometan locuras transitorias ,porque la mujer el sexo devil,no es tan devil,puede,hacer mucho mas daño,del que un hombre puede acarrear.utilizando el chantaje,ó los hijos sabe perfectamente como puede destruir ha la pareja que tiene,hay muchas tecnicas que usandolas se verian beneficiados ambos y se reducirean muchisimo las muertes en España, es verdad que cada persona es un mundo pero la participación de la policia,amonestando,advirtiendo seria mucho más positiva en todo los campos,miren señores
denunciar,esta bien pero denunciar para esperar mucho tiempo,y que todo continue ygual no,pienso que la autoridad,impone respeto y es importante esa colaboración en el momento que hace mucha falta,con palabras razonables
advirtiendo,que o lo llevan por el terreno pacifico,etz
creo que seria una buena ayuda
para para situaciones que los desenlaces pueden ser Trájicos
O no.creo que muchas muertes se evitarian,.la historia que
yo vivi ,fúe de terror.pánico
por suerte hoy lo supere,pero sinceramente hay momentos que la persona pierde los estribos
cuando se siente sólo-sin ningun apollo y indefenso.si quieren conocer lo que vivi
aganmelo saver,y les relatare la historia completa.gracias
estimado federico, lo que tú cuentas a mí me pasó pero al revés, porque soy mujer. y aun así ESTOY DE ACUERDO CONTIGO en que aunque cada persona es un mundo, las mujeres saben (debería decir sabemos pero no lo digo porque yo particularmente no me dedcio a propinar malos tratos), emplear armas muy eficaces para maltratar a los hombres Y A SUS “AMIGAS DE EQUIPO”. Yo he sido muchas veces maltratadas por mujeres porque NO COMPARTO NI SUS TÉCNICAS DE JUEGO NI MUCHAS VECES SUS PRINCIPIOS.
En mi caso, yo fui (y sigo siendo) la que recibe los malos tratos y solo después de 5 años agónicos conseguí finalmente poner la denuncia y que me escucharan. Lo que sucedió entonces fue que aun así, fui yo la sometida a escrutiño psiquiátrico y NO MI MARIDO. Y más aun, luego me puso una denuncia por “aterrorizar” a mi hija, ABSURDA, (si yo la aterrorizaba era porque YO estaba en MUY MAL ESTADO, OBVIAMENTE), pero que ANTE LA JUEZA (MUJER) NATURALMENTE FRUCTIFICÓ y ahora estoy incomunicada de mi niña con lo que ello conlleva.
La mía es auténtica desolación.
añado. la denuncia que YO puse a mi marido sigue esperando la “vista” mientras que la suya fue inmediatamente atendida.
bueno. acaban de avisarme que mi “causa” contra mi marido fue sin más ni más sobreseída. o sea que ya está. más de lo mismo y quizás de por vida (lo que me que me queda de vida porque NO AGUANTO MÁS).
la indefención no tiene género por lo visto. aquí de lo que se trata es de defender al agresor…
yo estoy desesperada. Ayer metieron en el calabozo a uno de mis tios, que para mi es como si fuera mi padre acusandolo de malos tratos psicologicos. el nunca la ha hecho nada, a pesar de que ella le pide dinero y no da en casa nada de lo suyo, lo insulta delante de todo el mundo y… nadie de la familia la hablamos, a todos nos ha difamado, nos ha faltado el respeto. ni tan siquiera hace un mes que su madre se suicido, y mi tio estuvo ahi, ayudandola. sale todos los fines de semana, que a mi tio seguro que le ha sido infiel, y mi tio la soportaba..no se porque. todo el barrio ha escuchado como lo ha tratado, unos insultos… y el, un hombre que no ah hecho nada a nadie, una persona sin estudios, que apenas sabe expresarse bien pero repito, buena persona, acusado de malos tratos cuando ella, a lo unicoq ue se ha dedicado es a reirse de los problemas, y a ventilar trapos sucios de la familia. siempre criticando, diciendo a mi abuela que pobre de ella esta ingresada sin saber donde esta su hijo que se ahorcase. a un hombre que para mi es como mi padre, cuando esa señora es agresiva con todo el mundo y ha insultadoa todos los miembros. pues, lo unicoq ue se de mi tio, esq ue ha roto a llorar. no se lo imaginaba ni mucho menos, hasta que punto podria llegar esta señora. que lo unico que ha hecho es insultarle. es muy complicado de escribir la historia, muy larga de contar, pero lo cierto es que varias mujeres se estan riendo de algo tan serio como son los malos tratos. porque esta señora, solo se caso con mi tio se segundas por interes, eso si, le ha salido bien. pero, ¿quien le paga ami tio estas (de momento) 24 horas que lleva de desolacion? ¿quien? ademas, de la lentitud de estos procesos. porque a dia de hoy , tienen detenido a un hombre maltratado acusado de ser maltratador. porque hasta yo, su sobrina, he sufrido los malos tratos y las difamaciones de esa señora.
lo mio es paresido a los temas de los demas vivo en montevideo uruguay y las leyes estan a favor de las mujeres me llevo preso y por escudarme me pego no un destornillador y me dejo hematomas por lo que adujo que yo le habia pegado , lo nico que cambio es que no quedas preso todo el dia el juez dispone que las dos partes tanto mi señora como yo tengamos que ir al otro dia al juzgado y determinar …..de por si ya esta dispuesto no me tengo que hacercar a su domicilio en un radio de 1000 metros y bueno haci son las cosas por aca …..porque tenemos que ser victimas de todo esto ¿por que no tenemos los mismos derechos que ellas? fue mi humilde opinion de todo esto
es una verdadera verguenza ami me pasa ago de lo mismo y es que si pruevas me denuncio 5 veces y 5 veces que fui detenido y encarseldo en el calavozo privado de mi livertad por su gusto y en los 5 caso en el juicio sali adsuelto y ella ni si quiera apelo esto es la verguenza de leyes que tenemos en españa esta es la igualda que buscan ahora entiendo por que tanto hombres pierden la caveza y no es para menos si les dan la gana te quitan tu vida y te hacen vivir en una carcel pero en livertad te quitan a tus hijos tu casa tu dinero se lo queda todo y eso no es yo la denuncie antes de que ella lo hiciera y que paso nada mi denuncia la alchivaron y eso que yo les dije que ella ma havia dicho que se iva auto lecionar y lñuego me meteria en la carcel y es lo que hizo verguenza
yo sufro peores cosa me amandado ala carcel e salido gracis adios vivo cada dia amenasado y no tengo donde recurrir
La verdad que todo esto es una verdadera verguenza,Esta misma madrugada acompañe a mi hermano al cuartel de la guardia civil para poner una denuncia sobre las constantes vejaciones verbales,humillaciones y provocaciones por parte de su ex-mujer,con la que actualmente vive en el mismo domicilio y con dos hijas en comun.
Me quede perplejo al ver como el agente le decia a mi hermano que era una tonteria el interponer una denuncia contra ella,pues no tenia nada que hacer.
Al preguntarle yo lo que haria si fuese al contrario,me dice que rapidamente irian en su auxilio,metiendo a mi hermano ipsofasto a los calabozos,hasta el agente dijo que era muy fuerte pero que asi estaban las cosas legalmente y que el no podia hacer nada.
El tiene grabaciones de la agresividad de la mujer,pruebas feacientes de haberle estado robando y para mas su ex-mujer cuenta con un amplio historial de intentos de suicidio,doble personalidad y esquizofrenia,,Con todo esto y ni tan siquiera lo escuchan en ningun sitio.
No es para cojer la ley,saltarsela por el forro y aplicarla uno mismo,luego dicen que las matan.
Agradeceria alguna ayuda para poder prestar a mi hermano,pues no sabemos que hacer.
Un saludos y gracias por adelantado.
soy minusvalido en silla de ruedas con un 97% de minusvalia,mi ex mujer me tendio una trampa al conocer a un hombre en internet,me acuso de malos tratos y me condenaron a 8 meses de prision, en un juicio que se aprobecharon un abogado y un fiscal donde lo unico que buscaban era notoriedad, ya que el tema dela violencia de genero estaba en pleno apogeo, con un juicio donde no se pudo demostrar nada y las artimañas de un fiscal prepotente y un abogado mentiroso, el caso esque esta mujer le an dado alas para disponer de mi libertad , mis hijas y mi propia autoestima para amenazarme cuando a ella le parece bien, e tenido por culpa de discusiones con ella un intento de suicidio, estoy con pastillas antidepresibas, y ya no puedo mas hoy me a vuelto a amenazar y e llamado al 061 para dar mi queja de que mi ex mujer me esta maltratando sicologicamente y me an dicho y de muy malos modos que;aqui no atendemos esas cosas solo la violencia de genero, y me a colgado, por favor a quien tengo que recurrir soy un hombre desesperado y con mucho miedo.